Fiscalía procesa 91 casos y aún se lidia con la invisibilización legal y social
La violencia contra los hombres existe, pero es legal y socialmente invisible por los prejuicios y el desconocimiento de las normas.
Denunciar violencia le es muy difícil a un varón que verdaderamente la padece. “Esta concepción sociocultural del patriarcado, que les enseña a los hombres a que no deben llorar ni quejarse nunca, para ser considerados ‘machos’, incide en que quienes son víctimas de maltrato opten por el silencio. No por miedo, sino por la vergüenza de no encajar en el modelo de varón que tiene la sociedad boliviana”, explicó la psicóloga clínica forense del Instituto de Investigaciones Forenses de Cochabamba, Lorena Cox.
Pero, también existen varones, muy pocos, que denuncian maltrato y que utilizan el llanto para influir en autoridades policiales, fiscales y judiciales. “Hemos atendido casos en los que las lágrimas de un hombre valen más que las de una mujer, por ese prejuicio de que los hombres no lloran y cuando lo hacen, la gente da por hecho que lo que dicen es real. No negamos que la violencia contra los hombres existe, pero hay varios que fingen para manipular a las autoridades y lo logran”, apuntó la abogada y coordinadora de Voces Libres, Mercedes Cortez.
Si acaso los hombres que son víctimas reales del maltrato femenino deciden sentar una denuncia, se topan con otro problema: el desconocimiento de policías y fiscales acerca de qué ley los protege.
El director de la Fuerza Especial de Lucha Contra la Violencia (FELCV) de Cochabamba, coronel Iván Luque, explicó que entre los fiscales no existe un criterio uniforme respecto a si la Ley 348 protege también a los varones.
“Por ejemplo, a la FELCV de Cercado llegan también los hombres que han sido agredidos, se les toma la denuncia, pero luego tenemos que remitirlos a la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen porque los fiscales interpretan que la Ley 348 es solo para las mujeres”, detalló el jefe policial.
Sin embargo, los fiscales de Quillacollo, de Sacaba y de algunos otros municipios interpretan que la normativa también ampara a los varones y procesan los casos junto a los investigadores de las FELCV.
Esta falta de uniformidad en los criterios fiscales provoca la invisibilización de este tipo de violencia, pues los casos que son derivados a las FELCC no consignan que las lesiones ocurrieron dentro de la familia ni que fueron propinadas por la pareja, sino que se entremezclan con los casos de lesiones en riñas y peleas ocurridas en las calles.
A priori, la confusión podría nacer del nombre que lleva la Ley 348: “Ley Integral que garantiza a las mujeres una vida libre de violencia”. Sin embargo, los proyectistas de esta norma, en vigencia desde abril de 2013, difundieron desde esa fecha que este instrumento legal es integral y aclararon que el título solo nombra a las mujeres porque ellas son el segmento más agredido de la población.
LA LEY 348 LOS PROTEGE
Pero, ¿cuál debería ser el criterio de todos los fiscales, que son los encargados de tipificar y perseguir los delitos? La directora nacional de la Fiscalía Especializada en Atención a Víctimas de Atención Prioritaria (FEVAP), Karina Cuba, en entrevista con OPINIÓN, aclaró que la Ley 348 es clara y protege también a los hombres y a todas las personas, independientemente de su género.
El parágrafo 4 del artículo 5 de la Ley 348 establece que: “Las disposiciones de la presente ley serán aplicables a toda persona que por su situación de vulnerabilidad, sufra cualquiera de las formas de violencia que esta ley sanciona, independientemente de su género”.
Cuba sostuvo que los casos de violencia contra los hombres deben ingresar y ser investigados por policías de todas las FELCV. “Evidentemente, hay fiscales que tienen criterios diferentes y autoridades a las que les falta conocer mejor la normativa, pero la ley es integral. Si bien los casos de violencia contra las mujeres son muchísimo más numerosos, no podemos desconocer que existe el maltrato hacia el varón en la pareja”, sostuvo la directora nacional de la FEVAP.
Es así que las fiscalías del país ya están procesando penalmente a las mujeres que ejercen violencia intrafamiliar, al amparo de la Ley 348. “La mayoría de los casos son por violencia psicológica, aunque también hemos encontrado muchísimas denuncias que son sentadas como represalia hacia las mujeres víctimas de maltrato que los denunciaron primero”, agregó Karina Cuba.
El fiscal departamental de Cochabamba, Óscar Vera, también dijo que la Ley 348 es integral y que los casos de maltrato hacia los hombres deben ser atendidos en las FELCV y procesados por la misma normativa que cubre a las mujeres.
¿HOMICIDIO O ASESINATO?
En cuanto a la tipificación de las muertes de hombres, a manos de sus parejas, las autoridades de la Fiscalía explicaron que es necesario identificar las circunstancias de cada crimen. “Si una mujer mata a su esposo en defensa propia o tras descubrir una infidelidad, por ejemplo, es un homicidio ocurrido en emoción violenta”. Pero, si la mujer ya tenía antecedentes de agresiones anteriores y existen evidencias de que ejercía una violencia sistemática contra el varón, se tipifica como asesinato.
“También se debe valorar la diferencia entre la fuerza del varón y la de la mujer, si existe proporción, o no. Hay mujeres más grandes y fuertes que varios hombres. Hay que valorar el estado de vulnerabilidad con informes psicológicos”, anadió la directora de la FEVAP, Karina Cuba.
LOS CASOS EN PROCESO
El fiscal departamental de Cochabamba, Óscar Vera, dijo que de 257 denuncias ingresadas por violencia contra los varones, 91 son procesadas penalmente, luego de que se verificó que cumplían con todos los requisitos para proseguir la ruta.
En Quillacollo, donde se procesaron 31 de esos casos, ya existe una primera sentencia condenatoria contra una mujer, por violencia familiar.
En El Alto, la ciudad más violenta del país, la FELCV recibió 398 denuncias de varones en contra de esposas, concubinas, novias y exnovias. Su director, coronel Jimmy Gonzales, dijo que los hombres las acusaron de violencia psicológica y física, pero no volvieron más. La FEVAP está procesando el número total de casos en el país, pero tendrá el dato hasta el 20 de noviembre.
Pendiente
La Fiscalía General del Estado prepara estadísticas de los casos que son procesados por violencia contra los hombres, al amparo de la Ley 348.
91
Casos reales
de violencia contra los varones detectó la Fiscalía de Cochabamba, entre las 257 denuncias recibidas por la Policía, del 1 de enero al 31 de octubre de 2017. En El Alto, la FELCV recibió 398 denuncias, pero los varones no volvieron más, “por vergüenza”.