El sistema legal es más rígido con las mujeres
La debida diligencia es más aplicable con los hombres que con las mujeres. “El sistema legal se pone más rígido con las mujeres”, asegura la directora de la Oficina Jurídica para la Mujer, Julieta Montaño.
En Bolivia, no se cumplen las reglas que están en la Ley de Ejecución Penal, tampoco las normas del Convenio de Bangkok (suscrito por Bolivia), cuando se trata de delitos cometidos por mujeres.
Arrestan a una mujer y, sin considerar si está embarazada o tiene hijos pequeños que dependen de ella, “le dan detención preventiva de cajón. Cuando, con las reglas de Bangkok, le tienen que dar a esa mujer detención preventiva solo en último caso”. La mayoría de las mujeres que están en la cárcel son madres solteras, divorciadas o viudas. Si estaban casadas, el matrimonio no duró más de un mes. Poco después de la detención, “la pareja se borra. No tiene la constancia de las mujeres con sus parejas que están privadas de libertad”, observa Montaño.
De acuerdo a las reglas de Bangkok, las autoridades, ante un delito en flagrancia o muy grave, tienen que dar a la mujer un espacio para que ella organice qué hace con sus hijos, dónde y con quién los deja. Las actuales autoridades, en el mejor de los casos, lo que hacen es internarlos en instituciones, sin importar los traumas que esos niños van a tener.
DIFICULTAD
A las mujeres se les exige las mismas condiciones que a los hombres para la cesación de la detención preventiva. En un país con absoluta informalidad, las mujeres no pueden acreditar que trabajan, pues carecen de los papeles del puesto de venta donde están, ya sea porque deambulan o porque son dependientes de otros comerciantes que les dan mercadería en consignación.
En cuanto a la certificación de la vivienda, lo primero que hacen los dueños de casa cuando saben que una mujer ingresó a la cárcel, es poner todo en la calle. Muchas no tienen documentos de sus hijos, porque es el hombre quien guarda los papeles y ella desconoce hasta dónde puede ir a tramitar. Las condiciones para las mujeres que cometen algún delito son ”fatales”, dice Montaño.
ESTIGMATIZACIÓN
La condena social contra las mujeres es más rígida que con los hombres. Aun cuando a una mujer la matan, dicen “por algo será”.
Las acusadas tropiezan con los prejuicios de algunos peritos en psicología que consideran que las mujeres padecen de mitomanía o tendencia a inventar fábulas y transformar la realidad al narrar un hecho. Las mujeres y las víctimas son condenadas en los primeros pasos del proceso de investigación, porque la palabra de esa profesional es definitiva para los fiscales.
En los casos de violación, la sociedad se hace de la vista gorda a la diferencia de poder que hay entre hombres y mujeres. Cuando hay una víctima de abuso sexual, lo primero que corresponde es una contención psicológica. En la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), se trata a una víctima de violación “como a una persona que perdió su cartera o le robaron el vehículo” y no se cumple el protocolo.
“No hay un tratamiento de calidez de parte del personal de la Policía, de la Fiscalía y otros. El trato es frío, impersonal, poco solidario”, agrega.
PROTOCOLO
Lo que se tiene que hacer en casos de violación es primero un trabajo de contención. Medir hasta qué punto esa persona está en condiciones de relatar lo que le ha sucedido. “El funcionario tiene que tener la suficiente lucidez, tener la sensibilidad para saber si esa persona, en ese momento, está en condiciones o no de dar una declaración”.
Se debe explicar con toda calma y cuidado los pasos que va a seguir y porqué es importante la denuncia. Es importante hacerle saber a la víctima que no está sola y sobre todo recalcarle que no es culpable de lo que ha sucedido.
Antes de que cuente detalles ni nada, se le tiene que orientar para ir al médico forense y evitar cualquier infección. Eso es lo primero que debe hacerse para sacar la autorización de Fiscalía para el examen forense.
El médico forense debe dar a la víctima la píldora para evitar embarazos no deseados y también un tratamiento preventivo contra infecciones y el virus de inmuno deficiencia adquirida (VIH).
El Centro Una Brisa de Esperanza (CUBE) recientemente publicó un protocolo a seguir, en casos de abuso sexual a niños, niñas y adolescentes, con el fin de evitar la revictimización.
CELERIDAD
Montaño pide celeridad en la aplicación de la Ley 348.
Por ejemplo, una mujer denunció amenazas con arma de fuego de parte de su esposo en agosto de 2015 y dos años después no había acusación. Se tipificó como un caso de violencia psicológica, no obstante que la víctima, denunció que su esposo, un militar retirado, le amenazaba constantemente con su arma. La psicóloga recabó el testimonio de la víctima, en los mismos términos que relató a la Policía y a la Fiscalía, pero la perito halló “rasgos de mitomanía” y por eso el caso fue tipificado solo como violencia psicológica, en lugar de amenaza.
Montaño destaca que, en el Ministerio Público, hay fiscales que han mejorado de forma significativa el tratamiento a las víctimas.
La Ley 348 tiene una serie de principios, pero “el esquema cerebral de los juzgadores es absolutamente tradicional”, según Montaño.
La Ley 1970 o Código de Procedimiento Penal, que en su tiempo fue una promesa avanzada, pero no ha podido funcionar por “prejuicios y esquemas tradicionales que tienen los jueces”.
Añade que “esa mentalidad conservadora, tradicional, poco innovadora y poco comprometida con los derechos humanos hace que cualquier ley, por buena que sea, resulte atrapada en esos esquemas”.
JUICIO ABREVIADO
En los juicios abreviados también se cometen injusticias con la víctima y con el acusado. No todos los acusados van al juicio abreviado con la convicción de que tienen una deuda con su víctima y con la sociedad. No reconocen que cumplir una sentencia los liberará de esa carga del ilícito cometido. “Eso es excepcional”, apunta la abogada. En la mayoría de los casos, el juicio abreviado es una concesión que hace el sujeto, para liberarse de la cárcel, pero también para liberarse de los abogados.
“La tragedia para quien está en la cárcel, como para quien está siguiendo el proceso son los abogados”, explica Montaño.
Algunos profesionales son incapaces de ser transparentes con los clientes y decir al acusado: usted ha cometido este delito y yo, como profesional, puedo demostrar, por ejemplo, que lo hizo por primera vez, que está muy arrepentido y puede reencauzar su vida y resarcir los daños cometidos.
El consejo que dan los abogados es “niégate y te acoges al derecho al silencio”. Hacen eso porque, mientras más dura el proceso, hay más posibilidades de que esa persona sea dependiente del profesional y cada vez que el abogado abra la boca, el acusado pague. Otro problema que afecta a las mujeres es que se han formado grandes grupos de poder dentro de la justicia, formados por bufetes de abogados e intermediarios. Apenas ocurre un hecho mediático, están allí para ofrecer sus servicios, cuando la persona, en su desesperación, no sabe qué hacer.
Autolesiones
“Ante el dolor que deben soportar las mujeres, por el maltrato de sus parejas, y al no encontrar salidas, lo que hacen es dañarse a sí mismas, intentar suicidarse, antes que agredir a su maltratador. Sí reaccionan en defensa de sus hijos”.
JULIETA MONTAÑO