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  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
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EMPRESARIOS DICEN QUE CUMPLIRÁN PESE A DIFICULTADES ECONÓMICAS

Retroactivo al alza salarial se debe pagar hasta el 31 de mayo

Trabajadores y empleadores del sector privado tienen plazo hasta el 28 de junio para suscribir el convenio del aumento, en tanto que la minería cuenta con un total de 60 días.
Retroactivo al alza salarial se debe pagar hasta el 31 de mayo


El Ministerio de Trabajo y Previsión Social informó ayer que mediante Resolución Ministerial determinó que el retroactivo al incremento salarial de la presente gestión se cancele hasta el 31 de mayo.

"De conformidad a la disposición final primera, párrafo II del Decreto Supremo Nº 3888, el pago del retroactivo del incremento salarial de la gestión 2019, podrá ser efectivizado hasta el día viernes 31 de mayo de la presente gestión", detalla parte de la resolución ministerial.

El 30 de abril, el presidente Evo Morales y la dirigencia de la Central Obrera Boliviana (COB) acordaron que el aumento a los sueldos para este año sea del 4 por ciento al haber básico y 3 por ciento al mínimo nacional.

En tal sentido, el reglamento también establece que las empresas privadas podrán acordar con sus trabajadores otros montos de incremento que no sean inferiores el 4 por ciento , según cita el portal Urgentebo.

Asimismo, se dispone que este convenio colectivo se registre a través de la oficina virtual el Ministerio de Trabajo hasta el 28 de junio. En el sector minero privado, el plazo del convenio colectivo vencerá el 30 de julio, en cumplimiento del Decreto 11477.

El presidente de la Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB), Luis Barbery, aseguró a ABI que el sector privado cumplirá con la obligación de pagar el retroactivo del incremento salarial en el plazo previsto que es hasta el 31 de mayo, pese a que hay algunos sectores que tendrán dificultades con el cumplimiento del mismo.

"Esperábamos un diferimiento de esa responsabilidad. No se está, de ninguna manera, rehuyendo del pago, pero sí pedíamos un compás de espera. Vamos a cumplir con la norma a algunos les va a costar más que a otros. Habrá que ver qué van a hacer para resolver el tema. Tendrán que negociar con sus propios trabajadores", explicó a los periodistas.

Barbery añadió que, en algunos casos, los empresarios tendrán que acordar con los trabajadores ampliar el plazo para el pago del beneficio o diferir por algunos días la cancelación del salario de mayo.

Según el Decreto 3888, el incremento salarial no es obligatorio para presidentes, vicepresidentes, miembros de directorios, gerentes, subgerentes, directores generales, directores o subdirectores ejecutivos que tengan un nivel salarial acorde al cargo asignado.

En los casos donde el Incremento del 4 por ciento no alcance el monto del salario mínimo nacional, debe nivelarse hasta 2.122 boliviano, incluso si esta nivelación implicase un porcentaje mayor al 4 por ciento .