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  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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Un seguro en construcción

Un seguro en construcción
José Abraham Tola Mamani, de 17 años, trabajaba de albañil en un edificio cuando sufrió una caída y, como consecuencia, heridas que casi le arrebataron la vida. Fue hospitalizado, operado y, gracias a la providencia, logró recuperarse con el paso de los meses. Sin embargo, antes de salir del hospital le esperaba una factura elevada que solo pudo pagar con la ayuda de gente solidaria. Sus empleadores no quisieron asumir su responsabilidad y el joven estudiante no tenía seguro a corto plazo.

Así como Abraham, decenas de albañiles, y por consiguiente sus familias, quedan en el mayor desamparo cuando sufren accidentes, porque generalmente los contratistas o dueños de las obras se resisten a asumir los gastos médicos o las indemnizaciones.

Lo más preocupante en estos casos es que a los albañiles no se les proporciona los equipos de seguridad industrial adecuados para minimizar el número de accidentes en el rubro de la construcción.

Uno de los últimos informes de la Jefatura Departamental del Trabajo de Cochabamba daba cuenta de que en esta ciudad, cada día como promedio se denunciaban dos accidentes en la construcción, al margen de aquellos que se mantenían en el silencio.

Afortunadamente, los trabajadores de la construcción ya no estarán más desamparados, toda vez que la Cámara de Senadores sancionó este martes la Ley de Seguro Obligatorio de Accidentes de la Trabajadora y el Trabajador en el Ámbito de la Construcción.

Esta norma, según una publicación de este medio, tiene por objeto evitar que los trabajadores que sufren accidentes laborales queden indefensos.

"Toda trabajadora o trabajador que preste, ejecute o realice un trabajo de manera directa en toda construcción de obras en el territorio nacional, tiene la obligación de comprar anualmente el Seguro Obligatorio en el Ámbito de la Construcción", según el artículo cuatro de esta norma.

Este seguro establece que el capital asegurado para gastos médicos será hasta 7.000 bolivianos por persona en cada accidente; y para los casos de muerte y/o incapacidad total permanente, el capital asegurado será de 70.000 bolivianos por persona.

Consideramos que la aprobación de este seguro es una buena medida. Empero, es preciso realizar varias consideraciones respecto de su aplicación. En primer lugar, alguna instancia tendrá que supervisar que toda persona que trabaja en este rubro cuente con el seguro, de modo que esté protegida ante una eventualidad.

Porque resulta que algunas personas, seguramente por ahorrar dinero, evitarán adquirir este seguro, de manera que ellas mismas se estarán poniendo en mayor riesgo.

Asimismo, la aseguradora que maneje este seguro deberá fijar una prima anual lo más baja posible para que la persona que trabaja en el sector de la construcción no esgrima como argumento el precio para no cumplir con este requisito.

Otro punto que se debe tomar en cuenta es habilitar puntos de atención, centros médicos, clínicas y hospitales en los que los asegurados puedan ser atendidos en forma oportuna, porque de eso dependerá que se les salve la vida en casos de accidentes y una más rápida recuperación.

La ley está sancionada, ahora dependerá de las instancias correspondientes, aseguradoras, empleadores y trabajadores, hacer cumplir esta normativa. Si tiene una correcta aplicación, el obrero o profesional y su familia estarán siempre protegidos.

Además, se debe exigir que a los trabajadores de este sector se les dote del equipo de seguridad necesario y en buen estado para prevenir accidentes. Lo ideal es que no se llegue a utilizar en ningún momento el seguro.

En suma, se ha dado ya el primer paso, ahora solo falta aplicar la ley en la forma más adecuada posible.