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  • Diario Digital | jueves, 25 de abril de 2024
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Estos son los argumentos de la Defensa de Goni para anular el Veredicto en contra

Estos son los argumentos de la Defensa de Goni para anular el Veredicto en contra

La defensa de Gonzalo Sanchez de Lozada y Carlos Sanchez Berzain presentó su fundamentación extensa argumentando que el Veredicto del Jurado es inconsistente e irreconciliable. En un documento de 48 páginas, los abogados del expresidente y el exministro presentaron una defensa legal basada en tres puntos claves: el Jurado no ha encontrado evidencia alguna sobre la existencia de una orden de asesinar civiles proveniente del Presidente, el Plan Republica no instruye disparar indiscriminadamente y las muertes lamentables de las jornadas de septiembre y octubre del 2003 _asegura la defensa_ no fueron resultado de la intencionalidad o de una acción deliberada de provocar dichas muertes.


Según la defensa de ambos acusados, el veredicto del Jurado tiene conceptos inconsistentes e irreconciliables: encontró que la muerte de las víctimas fue al mismo tiempo involuntaria y deliberada. El jurado también encontró que los demandados fueron responsables de esas muertes a pesar de la falta total de pruebas acerca de un plan para usar la fuerza  letal contra civiles o cualquier elemento u acción que vincule a los demandados con las muertes, dice la defensa en su parte central de sus alegatos finales.

Los abogados de la defensa recuerdan que la demanda presentó 23 testigos en sala y otros seis por video y 87 elementos de prueba. Pero no pudieron mostrar ningún plan de los demandados para usar la fuerza contra civiles y tampoco una relación que demuestre que los demandados tuvieron una intención personal para provocar esas muertes.

Según la defensa, la demanda estuvo basada en tres teorías. La primera teoría se basó en un supuesto "plan" de los demandados el 2001 para matar civiles inocentes. Esa teoría se evaporó cuando el único testigo del supuesto "plan" de los demandantes, Víctor Hugo Canelas declaró que Sánchez de Lozada "suspendió la reunión "y respondió:" Se acabó " y sin aprobar el supuesto plan.

La segunda teoría de los demandantes fue el documento conocido como  el "Plan de la República" y el "Manual para el uso de la Fuerza". Pero nada en el Plan de la República o el Manual para el Uso de la Fuerza dice algo acerca de matar o disparar a civiles indiscriminadamente. Y no hay evidencia de que los demandados hayan visto o sabido acerca de estos documentos.

La teoría número 3 fue el testimonio de José Luis Harb, quien no dijo nada sobre un debate o solución que involucró el uso de la fuerza letal contra civiles. Él describió posiciones políticas conflictivas entre los miembros del gobierno de Sánchez de Lozada. En su propia palabras, Harb afirmó que "el Presidente estaba atrapado entre la necesidad de aplicar la ley y la emergencia para negociar políticamente", afirma el alegato final que presento la defensa.

La demanda argumentó también que las víctimas fueron asesinadas por las Fuerzas Armadas bolivianas y que en todos los momentos relevantes las fuerzas armadas actuaron bajo la autoridad de los acusados. Sánchez de Lozada emitió solo dos órdenes a los militares: la primera el 20 de septiembre de 2003 al general Rocabado y el segundo el 11 de octubre de 2003 al general Claros Flores. Ambos fueron emitidos en respuesta a una crisis. Ninguna orden instruyo a los militares que mataran o utilizaran la fuerza letal contra civiles.

EL PLAN REPUBLICA Y EL MANUAL DE OPERACIONES

Respecto al Plan República que la demanda presento durante el juicio no hay evidencia de que contuviera ordenes de asesinar.

La evidencia sobre el Plan de la República provino del general del ejército Juan Veliz. El general Veliz testificó que su comando lanzó el Plan República "para ayudar a la policía a desbloquear las carreteras y mantenerlas despejadas, y proteger algunas instalaciones del Estado. El general Veliz "nunca recibió una orden ni ordenó matar a nadie".

"Las operaciones fueron planificadas" bajo el Plan República, "no matar o herir, sino imponer el orden y defender la Constitución y garantizar al gobierno legalmente constituido, como manda la misión".

El Manual de operaciones  no autoriza ejecuciones extrajudiciales. Su propósito declarado es "llevar la correcta aplicación de las leyes, reglas y convenciones internacionales en operaciones militares contra subversivos. "El Manual establece los Principios sobre el uso de la fuerza, incluido el requisito de que "El uso de armas debe ser proporcional a la agresión recibida o al grado de la amenaza percibida. . . . " y que "el uso de armas de fuego debe ser dirigido y controlado y no ser indiscriminado. Y no hay evidencia de que los demandados hayan desempeñado ningún papel en el desarrollo de este Manual.

Según el Manual: "La decisión de abrir fuego es responsabilidad exclusiva del comandante de unidad y siempre estará bajo su control". En resumen, el Manual no proporciona ningún vínculo entre los Demandados ni ninguna ejecución extrajudicial, afirma la defensa en el documento presentado el 11 de abril.

¿DISPAROS DELIBERADOS, INTENCIONALES, NEGLIGENTES?

No hay evidencia que identifique quién disparó a ninguno de los fallecidos. Sin esa evidencia, es imposible establecer que el disparo fue "deliberado" en lugar de accidental o negligente, establece la defensa. Y agrega que falta evidencia que vincule a los demandados con las muertes.

No hay una forma lógica de conciliar el veredicto del jurado en este caso. El jurado consideró dos causas de acción: asesinatos extrajudiciales bajo la Ley de Protección a las Victimas de  Tortura (TVPA) y muerte intencional por negligencia bajo Ley boliviana.

El jurado encontró que cada una de las muertes constituía una muerte extrajudicial, pero también que cada una de las muertes no era una muerte voluntaria e intencional. Estos hallazgos son incompatibles. Como explicó el Tribunal en las instrucciones del jurado, un homicidio culposo intencional requiere que la muerte en cuestión sea causada por "el acto ilícito intencional de otra persona". Un asesinato extrajudicial es "un asesinato deliberado no autorizado por un juicio anterior pronunciado por un tribunal regularmente constituido" recuerda la defensa.

Una muerte deliberada es intencional. De hecho, Black´s Law Dictionary define "deliberado" como "intencional; premeditado; completamente considerado."

Si bien todas las ejecuciones extrajudiciales deben ser intencionales, no todos los homicidios intencionales son ejecuciones extrajudiciales.

La Demanda

Mientras tanto el abogado estadounidense Thomas Becker anunció que la fase de apelaciones en el juicio civil por muertes extrajudiciales contra el expresidente Gonzalo Sánchez de Lozada y su ministro Carlos Sánchez Berzaín, en una Corte de Florida, comenzará este mes.

"Lo que pasa es que este mes tenemos una apelación pequeña en la Corte, después es muy probable que los abogados de Goni van a apelar a la Corte de apelación y después es posible a la Corte Superior Suprema", dijo según informa la agencia ABI