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  • Diario Digital | martes, 19 de marzo de 2024
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El sinuoso camino para acceder a información en Régimen Penitenciario

El sinuoso camino para acceder a información en Régimen Penitenciario

La Dirección de Régimen Penitenciario incumple el artículo 21 inciso 6 de la Constitución Política del Estado sobre acceso a la información al no brindar información oportuna sobre la situación de las cárceles, solicitada por ANF desde hace seis meses del año pasado.


El 12 de junio de 2017 ANF dirigió una carta de solicitud al director general de la entidad, Jorge López Arenas, sobre información carcelaria enfocada en el penal de San Pedro de La Paz. Desde entonces la entidad no brindó información y acudió a varios "justificativos" para no hacerlo, como se relata en los siguientes párrafos.

A una semana de entregada la solicitud, que ingresó con número de trámite 50834, la Dirección Nacional derivó el pedido a la Dirección Departamental de La Paz, a cargo de Delia Illanes, con el argumento de que a esa instancia le corresponde otorgar la información.

Desde entonces esa repartición departamental, que registró el trámite con hoja de ruta 2419, ha ido dilatando la entrega de la información. La secretaria de dicha entidad, Verónica Suárez, durante todo ese tiempo, hasta mediados de diciembre, siempre respondió, cuando se le preguntaba por el trámite, que no sabía nada porque Illanes siempre estaba ausente de la oficina y no podía preguntarle.

Tras seis meses de espera y con la misma y reiterada respuesta de Suárez, ANF tomó contactó con Illanes, quien respondió que la información ya estaba lista hace meses y que encargaría a la secretaria para que dé razón de la mismo al medio. Ante la espera y sin tener ninguna información de Suárez, ANF se contactó con ella nuevamente para saber sobre el requerimiento, quien respondió que Illanes no le comunicó nada.

En una nueva llamada a la directora departamental, ésta respondió que todo trámite se haga mediante Verónica Suárez, que ella estaba informada. Al reiterarle a la secretaria sobre la versión de su superior, indicó que la información se enviaría a la Dirección Nacional al ser el medio por el que llegó la solicitud, solo que no podía dar razón de cuándo se enviaría dicha respuesta.

El 18 de enero, ANF acudió a las oficinas de la Dirección Nacional de Régimen Penitenciario y personal de esa repartición indicó que la información de la Dirección Departamental nunca llegó y que se tendría que iniciar un nuevo trámite.

El artículo 21 inciso 6 de la Constitución Política del Estado señala que las bolivianas y los bolivianos tienen derecho "A acceder a la información, interpretarla, analizarla y comunicarla libremente, de manera individual o colectiva".

Del mismo modo, el artículo 242, numeral 4 de la Constitución indica en parte de su redacción que "La información solicitada por el control social no podrá denegarse, y será entregada de manera completa, veraz, adecuada y oportuna".