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  • Diario Digital | sábado, 20 de abril de 2024
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SI LOS DEPÓSITOS SON MENOS DE 120, SE PUEDE PEDIR EL DINERO

Para retirar los aportes de las AFP se debe cumplir al menos cuatro requisitos

Los principales requisitos son: no tener más de 120 aportes a la Administradora de Fondo de Pensiones, no alcanzar un cálculo mensual de 1.200 bolivianos y tener 58 años. 
Para retirar los aportes de las AFP se debe cumplir al menos cuatro requisitos



Laura, nombre que protege su identidad, trabajó en el municipio de Puerto Villarroel por más de dos años y posteriormente, emprendió un negocio propio.

Los aportes a la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP) fueron en total 31 y logró ahorrar 16 mil bolivianos, dinero que no le era suficiente para lograr una pensión de vejez.

Esperó a tener 58 años para retirar sus aportes, requisito indispensable que debía cumplir para cobrar el dinero que con los intereses generados alcanzaron un total de 22 mil bolivianos.

Como ella, más de un centenar de cochabambinos que no llegan a aportar el dinero suficiente para una renta de vejez deciden sacar ese ahorro como un retiro final. Existen cuatro casos en los que las personas pueden solicitar la devolución. Uno de ellos es tener menos de 120 aportes, el segundo que el cálculo de los aportes del asegurado no logre financiar una renta de vejez del 60 por ciento del salario mínimo nacional, ósea 1.200 bolivianos. En ambos casos, el que aporte debe tener 58 años cumplidos para hacer la solicitud.

En el caso de las personas tengan un saldo acumulado en el Servicio Nacional de Reparto (Senasir), además de sus aportes a las AFP, el requisito es esperar hasta los 60 años para el retiro final, y también pueden hacerlo por invalidez.

La gerente regional de AFP Previsión, Lía Rojas, explicó que para el retiro final, las personas deben esperar cumplir 58 o 60 años de edad, tal como indica el artículo 172 de la Ley de Pensiones 065. La única excepción se da en el caso de invalidez.

Según Rojas, el 90 por ciento de las personas que no logra alcanzar el requisito para una renta de vejez decide retirar todo su dinero junto. Para ello, debe hacer una solicitud mediante una carta y, desde la aprobación del retiro se hace un cierre para que el aporte deje de ganar intereses.

En el plazo de un mes, como máximo, el dinero es entregado y termina la relación con la AFP.

Sin embargo, Rojas recordó que los aportes tienen un fin que es proteger la vejez y, en ese sentido, sugiere que no deberían realizarse devoluciones.

La otra opción, según explicó una funcionaria de atención al cliente de AFP Futuro en Cochabamba, es hacer el retiro de manera mensual.

Es decir, se saca un cálculo para entregar el dinero en varios meses hasta que se termine.

Si esto sucede, la persona puede seguir conservando su seguro de salud.

INVALIDEZ La gerente regional de la AFP Previsión de Cochabamba, manifestó que el retiro no depende de la edad en el caso que el asegurado sea declarado inválida. Es decir, que haya tenido algún accidente y ya no pueda continuar trabajando.

En este caso, accede a una prestación por invalidez o riesgo común profesional.

Rojas indicó que las personas que hacen el cobro final de su dinero, por lo general continúan trabajando en otros sectores informales y generan sus propios recursos, por ello prefieren recoger el total del ahorro de sus aportes.

Señaló que muchas de estas personas son funcionarios públicos, de municipios alejados, que trabajaron por uno o dos años acompañando a alguna gestión política.

1 Mes 

El trámite para la devolución del dinero puede demandar como máximo un mes.

El interesado en hacer el retiro debe tener, como principal requisito, 58 años y menos de 120 aportes.

A esa edad puede hacer la solicitud con una carta dirigida a la Administradora de Fondo de Pensiones (AFP).

Bonadona: “La gente desconfía”

El economista y experto en tema de pensiones Alberto Bonadona indicó que en cuanto a la devolución de dinero hubo un error en las normativas que prevén la entrega.

Recordó que en todas partes del mundo, la gente ahorra para poder asegurar un futuro libre de carencias y pobreza y ese debería continuar siendo el sentido del aporte a las Administradoras del Fondo de Pensiones (AFP).

Consideró que este tema debería haber sido modificado en la última ley de pensiones.

DESCONFIANZA También indicó que la gente tiene mucha desconfianza del dinero que deja en las AFP a partir de la creación de la gestora.

Señaló que desde hace mucho tiempo, el Estado trata, de alguna manera, de tener una participación en la administración del dinero y la gente que deja su plata en las empresas tiene la susceptibilidad de que vaya a pasar algo con ellas.

Apuntes

Lo que dice la norma

El artículo 171 de la Ley de Pensiones indica que en el caso de que el aportante decida hacer un retiro mínimo este será pagado mensualmente hasta que el saldo acumulado en la cuenta personal previsional se agote.

Los retiros mínimos serán equivalentes al 60 por ciento del salario mínimo nacional vigente, pudiendo el asegurado elegir la opción que le sea más conveniente.

Los retiros mínimos serán sujetos a descuentos para salud señalado en la ley por lo que el asegurado y derechohabiente gozarán de los servicios de la seguridad social a corto plazo.

El retiro final es la devolución total que corresponderá al pago único del saldo acumulado en la cuenta provisional del asegurado.

Requisitos

El artículo 172 de la Ley de Pensiones indica que el asegurado o sus derechohabientes, podrán, de manera voluntaria, acceder al saldo acumulado en cuenta personal previsional, a través del pago de retiros mínimos o retiro final, cuando el asegurado cumpla con las siguientes condiciones:

- Tener 58 años, no contar con 120 aportes y no financie una pensión igual o mayor al 60 por ciento de salario mínimo nacional vigente y no cumpla requisitos del acceso a la pesnión solidaria de vejez.

- Independientemente de la edad, cuando el asegurado sea declarado inválido con 50 por ciento o más de grado de invalidez y no cumpla los requisitos de cobertura para acceder a la prestación de invalidez por riesgo común profesional o laboral, ni los requisitos de acceso a la pensión de vejez.

En caso de viajes

Las personas que decidan residir o trabajar en otro país y corten sus aportes por dejar su trabajo tienen tres opciones para hacer el retiro.

Una de ellas es trasladar los aportes al país donde trabajan formalmente y continuar aportando para su renta de vejez hasta superar los 120 que se piden como mínimo.

La segunda es dejar su aporte y retornar al país para recogerlo a partir de los 58 años, en caso de que su aporte no cumpla con los requisitos para la pensión de vejez.

Otra de las opciones es mandar el dinero del exterior y continuar aportando a la AFP donde está asegurado.

El dinero será guardado hasta que la persona lo reclame en caso de estar en el exterior.

El trámite para hacer la devolución es personal y el aportante debe regresar a la ciudad donde hizo sus aportes para hacer el retiro final en caso de no cumplir con los requisitos para la renta de vejez.