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  • Diario Digital | viernes, 29 de marzo de 2024
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DESDE EL CUARTO PROPIO

Siguiendo el Código

Siguiendo el Código
En marzo pasado, se inició el tratamiento en la Asamblea Legislativa Plurinacional del nuevo Código del Sistema Penal, y desde entonces se han dicho muchas cosas de la norma, sobre todo en relación al artículo 157 referido a aborto, uno solo de los cerca de 700 artículos que conforman el cuerpo legal, de los cuales la opinión pública no ha sido informada. Lo que probablemente mucha gente desconoce es que el proyecto inicial tenía 666 artículos, por suerte este dato pasó desapercibido, porque hubiera sido asociado con el número de la bestia, y más distorsionado aún por sectores de corte religioso y antiderechos.

El proyecto fue aprobado en la Cámara de Diputados el 28 de septiembre, fecha que en América Latina se celebra el Día por la Despenalización del Aborto y que ahora se ha elegido para reivindicar el derecho de las mujeres a decidir en todo el globo. En la Cámara de Senadores, fue aprobado el 14 de diciembre y promulgado el 15, por el presidente en ejercicio, Álvaro García, durante la visita del presidente Evo Morales al Papa en el Vaticano, probablemente una señal clara de que se ratifica el carácter laico de nuestro Estado y que se reconocen las libertades y creencias religiosas, a la vez que se ratifica la separación de las religiones de los asuntos de Estado.

Ha sido denominado “ley del aborto”, dando a entender de manera errónea que el Código legaliza o despenaliza el aborto, cuando lo que hace es ampliar de tres a ocho las causales para acceder a un aborto sin poner en riesgo la vida y la libertad.

Las propuestas de las organizaciones de mujeres y feministas al Código del Sistema Penal no se limitaban a la problemática del aborto. Se trabajaron un conjunto de elementos vinculados al procedimiento en los casos de violencia contra las mujeres, particularmente violencia sexual y feminicidio, que aseguren el acceso a la justicia.

La promulgación del Código es un importante avance en el horizonte de la despatriarcalización, que sin embargo debe ser acompañado de un conjunto de normas que aseguren el ejercicio de los derechos sexuales y derechos reproductivos de mujeres y hombres. Aunque estos derechos se encuentran nombrados en la Constitución, requieren de otras normas que definan claramente el rol del Estado en el desarrollo de políticas públicas, educación sexual integral, acceso a servicios de salud sexual y reproductiva, a anticonceptivos modernos, seguros y eficaces, entre otros.