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  • Diario Digital | lunes, 18 de marzo de 2024
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El 3 de diciembre cada elector recibirá dos papeletas para sufragar

El 3 de diciembre cada elector recibirá dos papeletas para sufragar

El domingo 3 de diciembre, durante las Elecciones Judiciales, las y los ciudadanos recibirán dos papeletas para emitir su voto: una para elegir a las y los candidatos por circunscripción nacional, y la otra para elegir a las y los candidatos por circunscripción departamental.
En cada papeleta las candidaturas estarán distribuidas en dos franjas, independientes una de la otra: en la papeleta por circunscripción nacional estarán las 14 candidaturas que aspiran al Tribunal Agroambiental y las 10 que aspiran al Consejo de la Magistratura; en la papeleta por circunscripción departamental estarán cuatro candidaturas correspondientes al Tribunal Supremo de Justicia y cuatro al Tribunal Constitucional Plurinacional.
Para este proceso, el Órgano Electoral Plurinacional (OEP) habilitó a 6.438.801 personas en el Padrón Electoral, quienes acudirán a las 30.309 mesas de sufragio que serán administradas por 181.844 juradas y jurados electorales.
Cada ciudadana o ciudadano habilitado tendrá la posibilidad de marcar una casilla de la candidatura de su preferencia, en cada una de las cuatro instancias judiciales.
Para emitir su voto, la persona deberá presentar en la mesa de sufragio su cédula de identidad vigente o con máximo de un año de vencimiento (2 de diciembre de 2016); luego deberá colocar su firma y huella dactilar en la lista de personas habilitadas en el Padrón. La Presidenta o Presidente de mesa le entregará las dos papeletas de sufragio que, una vez realizada la elección, deberá depositar en las ánforas correspondientes: una por cada circunscripción.
Como resultado de los comicios del 3 de diciembre se elegirá a 26 autoridades: cinco para el Tribunal Agroambiental, nueve para el Tribunal Supremo de Justicia, tres para el Consejo de la Magistratura, y nueve para el Tribunal Constitucional Plurinacional.
De acuerdo con el artículo 161 de la Ley Nº 026 del Régimen Electoral, el electorado puede manifestar su voluntad mediante tres tipos de voto: válido, blanco y nulo. Conforme a norma, las autoridades se eligen en función de los votos válidos obtenidos en las urnas.