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  • Diario Digital | viernes, 19 de abril de 2024
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TCP legaliza coca chapareña y Yungas declara emergencia

TCP legaliza coca chapareña y Yungas declara emergencia


El Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP) declaró legal los artículos 15, 16 y 17 de la Ley General de la Coca y reconoce como legales las zonas autorizadas de producción, además de la superficie de 22.000 hectáreas de cultivos de la hoja.

La Sala Plena del TCP resuelve declarar: "la constitucionalidad de los artículos 15, 16 y 17 de la Ley General de la Coca N° 906 de 8 de marzo de 2017, de acuerdo a los fundamentos vertidos precedentemente", dice la parte resolutiva de la sentencia.

Tras la noticia, el presidente de la Asociación de Productores de Coca de los Yungas (Adepcoca), Franklin Gutiérrez, convocó a todas las regionales de los Yungas a una reunión extraordinaria a las 8 de la hoy sábado.

Anunció que se analizarán y tomarán medidas respecto a la resolución que el TCP dio ayer, declarando como válidos los artículos que amplían las hectáreas de cultivo para la hoja de coca.

Gutiérrez llamó a las 17 regionales de los Yungas a la reunión extraordinaria.

“Convoco a todas las regionales del nivel Yungas a las 8 en punto", señaló en una reunión que sostuvo con su asociación ayer en la tarde en Coripata.

Gutiérrez señaló que "todos los hermanos regionales tienen que estar mañana para hacer conocer la disconformidad que tenemos con esa ley".

Acusó al Gobierno nacional de someter a los magistrados del TCP para que actúen a su voluntad y aseguró que su asociación debe estar unida para evitar un destino similar.



DECISIÓN DEL TCP El organismo dice que no advierte que los artículos impugnados de inconstitucionales vulneren el texto constitucional, "lo que deviene que las mismas resulten ser acordes con la Norma Fundamental".

El Gobierno legalizó 22.000 hectáreas para la producción de la coca, en dos zonas de cultivo en el departamento de Cochabamba 7.700 hectáreas y en La Paz, 14.300 hectáreas de acuerdo a la Ley General de la Coca, norma que había sido observada por la oposición y por la Adepcoca.

El TCP se pronunció a la acción de inconstitucionalidad abstracta que interpusieron varios asambleístas de la bancada de los demócratas, argumentando que los 15, 16 y 17 de la norma son contrarios a la Constitución Política del Estado, a la Convención Única de 1961 sobre Estupefacientes y a la Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes y Sustancias Sicotrópicas.

“En relación a todo lo inherente al tema de la superficie cultivable y las zonas autorizadas previstas en la ley cuestionada, no se transgrede el artículo 384 de la Ley Fundamental, toda vez que dicha ley ha previsto los mecanismos legales e institucionales para regular y fiscalizar y controlar la producción de coca...", dice la sentencia.