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  • Diario Digital | martes, 23 de abril de 2024
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¿Conciliar los delitos de corrupción?

¿Conciliar los delitos de corrupción?
Mientras en la Asamblea Legislativa se exprimen la mollera, debatiendo a profundidad sobre la forma de penalizar los piropos, en el mundo real, allí donde las ruedas del destino giran indiferentes al gran caudal de clarividencia de nuestros legisladores, sigue campeando airosa y tremolante la corrupción más cínica y desvergonzada de los últimos años.

Cuando fue implementada la Ley No. 004, desde el Estado se difundió, con soberbia alharaca y aspaviento, el eslogan de “cero tolerancia a la corrupción”, estigmatizando esta plaga como un sida social transmisible a través de los flujos de poder. Pero los hechos de corrupción fueron in crescendo y el salpullido de este chancro no para. ¿No hubo una revolución moral y cultural que acompañe a esta reforma legal?

Entre las clases medias y populares existe todavía una gran masa de “groupies” semianalfabetos y homúnculos de moral chata, adictos a la farándula y a la TV basura, que perciben a los corruptos como grandes “pendejos” y “cabrones”, dignos de una muda, inconfesada y borreguil admiración por su tremendo ingenio para amasar millones, y viven delirando en secreto con emular algún día sus hazañas. Son los mismos que se enganchan estúpidamente con películas de gángsters y series de narcos, y perciben a la corrupción con el rostro simpático y afable de un Al Pacino o un Leo di Caprio, rodeados de espuma, alcohol y hermosas prostitutas, sin hacerle “gran mal” a nadie. ¿Sorprenderá, así, que se tienda a banalizar hasta los hechos más graves de corrupción, explotando su faceta más trivial y farandulera? Incluso ya ha circulado por redes sociales la idea de realizar un filme que narre las “hazañas” de Juan Pari. Y, sobre la Zapata, las anécdotas e historietas noveladas son más prolijas y frondosas que su expediente judicial. Criminales convertidos en héroes y vedettes gracias al misterioso proceso alquímico del folclore popular. ¿Cuántos niños mueren por falta de atención sanitaria y desnutrición, cuántos viven en la ignorancia, cuántas poblaciones asoladas por el hambre y la miseria, y todo porque el dinero que el Estado debía invertir en salud y educación va a engrosar las cuentas privadas de estos “simpáticos” villanos, de pulcros peinados y vestimenta?

Aun cuando las autoridades estatales se jactan de que la mayoría de los corruptos sorprendidos se halla tras las rejas, lo cierto es que en casi ninguno de los casos se ha logrado recuperar la totalidad del patrimonio sustraído. ¿Dónde están los millones del Fondioc o las millonarias ganancias producto del tráfico de influencias y el enriquecimiento ilícito del caso Zapata? Por mucho que la Ley No. 004 pretenda proyectar una imagen draconiana, siempre queda una espesa estela de impunidad tras estos delitos. El promedio máximo de pena que prevén estos es de diez años de prisión. Luego, el reo sale a disfrutar de sus millones escondidos, como lo hará seguramente Juan Pari, a quien le quedaran poco más de 20 millones para seguir viviendo a toda madre antes de alcanzar siquiera los 40.

La corrupción sigue siendo, entonces, una gran inversión a largo plazo. Una vez que el corrupto es detenido y procesado, tiene poco que perder y mucho que ganar. La ley no admite ningún tipo de indulto o amnistía por la reparación del daño económico. Entonces, como de todas formas no será premiado con su libertad, el reo jamás confiesa el destino real del dinero mal habido. Se podrá aprehender a la mitad del personal del banco, pero ello no asegurara la recuperación del patrimonio, pues la mayoría de los implicados jamás tienen bienes a su nombre.

A diferencia de otros delitos en que el mal es irreversible e irreparable y en que solo existen formas de compensación a título “daños y perjuicios”, en el caso de la corrupción el daño generado es plenamente reversible y reparable. Entonces, ¿por que no utilizar la conminación punitiva para lograr esta reparación integral del daño? Incrementar las penas (30 años) y paralelamente viabilizar salidas alternativas que permitan extinguir la acción penal (como la conciliación) al repararse el daño económico en delitos de corrupción sería una solución aconsejable. Así, el incriminado al menos estará dispuesto a negociar su libertad, restituyendo la totalidad del patrimonio sustraído, cosa que no es permisible ahora por las restricciones de la Ley 004.