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  • Diario Digital | sábado, 20 de abril de 2024
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La destrucción del patrimonio cultural se sancionará con ocho años de prisión

La destrucción del patrimonio cultural se sancionará con ocho años de prisión

LA PAZ

El pleno de la Cámara de Diputados aprobó ayer el artículo del proyecto de Ley de Código del Sistema Penal que sanciona la destrucción del patrimonio cultural con hasta ocho años de privación de libertad, porque se trata de un bien material de dominio público y de valor artístico o científico.

“La persona que trafique, deteriore, altere, exporte o explote sin autorización del organismo correspondiente un bien perteneciente al dominio público de valor artístico o científico, una fuente de riqueza, monumentos u objetos del patrimonio cultural material boliviano, o importe bienes del patrimonio cultural material de otras naciones y pueblos sin la debida autorización, será sancionada con prisión de tres a seis años y multa sancionadora de 401 a 500 días”, señala la primera parte del artículo. Fija además prisión de ocho años en caso de destrucción del patrimonio.

La presidenta de la Cámara de Diputados, Gabriela Montaño, aclaró que se diferenció la sanción para lo que es el tráfico, el deterioro, la alteración, exportación o explotación de un patrimonio, de lo que es la destrucción. Las primeras infracciones pueden ser reparadas, mientras que al destruir el bien, ya no se lo podrá recuperar.

SERVIDORES PÚBLICOS El proyecto de Código del Sistema Penal sanciona al servidor público que directamente o a través de un tercero, aprovechando las funciones que ejerce, obtenga ventajas patrimoniales o económicas para sí mismo o para una tercera persona; es decir que incurra en uso indebido de influencias. La sanción establecida es la inhabilitación y la pena privativa de libertad de tres a seis años.

Asimismo, los servidores públicos que incurran en negociaciones incompatibles, es decir que obtengan un beneficio para sí o para un tercero en cualquier contrato, suministro, subasta u operación en que participe, en función a su cargo, serán sancionados con cuatro a ocho años de cárcel. En este delito están agregados los árbitros, peritos, auditores, contadores, martilleros o rematadores, así como los curadores y albaceas.