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  • Diario Digital | lunes, 18 de marzo de 2024
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Discapacitados y el acceso a salud

Discapacitados y el acceso a salud
El acceso a los servicios de salud cada día es más difícil y cuestionado en Bolivia. Preocupa saber que en hospitales públicos y en aquellos de la seguridad social existan muchas limitantes para que, incluso, las personas con discapacidad no puedan ser atendidas como las leyes del país mandan.

Luego de realizar una investigación en las nueve capitales de departamento del país, y la ciudad de El Alto, donde se efectuaron verificaciones defensoriales a 29 hospitales públicos y 10 de la seguridad social, la Defensoría del Pueblo evidenció una serie de obstáculos que enfrentan las personas con discapacidad para acceder a las prestaciones y servicios de salud, y que afectan al cumplimiento del trato preferente que deben recibir como establece la norma.

Dicha pesquisa mostró la existencia de barreras físicas y arquitectónicas; limitaciones en la provisión de medicamentos a los beneficiarios de la Ley 475, sobre todo, a personas con trastornos de salud mental; dificultades de información y comunicación; y la exigencia de requisitos y formalismos como el carnet de discapacidad o las boletas de referencia y contrarreferencias.

En ese marco, las autoridades, más allá del Defensor del Pueblo, deben asumir acciones para corregir estas irregularidades halladas en la investigación realizada y en la que claramente se detecta limitantes en el acceso al servicio de salud.

Según el Censo de 2012, en Bolivia hay 388.119 personas con alguna dificultad permanente, de ellas 160.208 tienen discapacidad visual. Asimismo, en el Registro de Personas con Discapacidad se encuentran registradas un total de 44.862 personas, de ellas 2.388 (5 por ciento ) tienen discapacidad leve, 13.824 (30.8) moderada y 11.131 (24.8 por ciento ) muy grave.

Analizando estas cifras, el número de personas con discapacidad en el país es considerable y precisamente por las dificultades que tienen, en distintos gobiernos, incluido el de Evo Morales, se aprobaron varias normativas para favorecerlas.

Hay que destacar la labor que hizo recientemente la Defensoría al emitir un recordatorio general de deberes legales a autoridades, además de recomendaciones al Ministerio de Salud, a gobernaciones departamentales y a gobiernos municipales.

“Recordar a las autoridades del Ministerio de Salud, a los Gobiernos Autónomos Departamentales y Municipales, a los hospitales públicos de segundo y tercer nivel de atención y hospitales de la Seguridad Social, el deber legal de respetar y cumplir la normativa nacional e internacional referente a los derechos de las personas con discapacidad, en especial los establecidos en la Constitución Política del Estado, Ley 4024 de 15 de abril de 2009 que ratifica la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo, suscrito por Bolivia el 13 de agosto de 2007; Ley 223 General de 02 de marzo de 2012; Ley 475 sobre Prestaciones de Servicios de Salud Integral de 30 de diciembre de 2013”, señala parte del recordatorio legal que las instituciones que prestan el servicio de salud deben cumplir.

Sin embargo, creemos e insistimos que este recordatorio no es suficiente. Las autoridades llamadas por ley están obligadas a hacer cumplir las normas y sancionar como se debe a aquellas instituciones que no las respeten.

Si bien la Defensoría ha dado el primer paso, las otras autoridades deben reaccionar y velar los derechos que tienen las personas con discapacidad. No deben esperar que este sector se movilice para luego hacer las correcciones respectivas.

Urge, por ejemplo, que el Ministerio de Salud amplíe la regulación del trato preferente para precautelar la igualdad de las personas con discapacidad con el resto de las personas.

Asimismo, regular excepciones a los requisitos para acceder a las prestaciones de salud priorizando la Ley 475, para dejar sin efecto la presentación de las boletas de referencia y contrarreferencia para su atención.