LUEGO DE LA REVISIÓN INTEGRAL DEL CUADERNO DE INVESTIGACIÓN ORDENÓ A LA DIRECCIÓN FUNCIONAL DE LA INVESTIGACIÓN PRESENTE ACUSACIÓN CONTRA JORGE C., UNO DE LOS CO-IMPUTADOS POR SU SUPUESTO FEMINICIDIO, EN EL PLAZO
Fiscal Departamental revocó sobreseimiento de uno de los imputados por feminicidio de Fabiola Cáceres
09 de mayo de 2017 (20:01 h.)
El fiscal departamental de La Paz, Edwin Blanco, revocó el requerimiento conclusivo de sobreseimiento e instruyó la acusación de Jorge C. por la presunta comisión del feminicidio de Fabiola Cáceres.
La parte acusadora presentó acusación particular por feminicidio y demandó la revocatoria del sobreseimiento.
Verónica Rivero, abogada de la parte acusadora, saludó la resolución revocatoria y destacó que “el Fiscal Departamental ha hecho un valoración absoluta de todas las pruebas aportadas que demuestran la existencia de suficientes elementos de prueba para generar en el juez de sentencia de que el sobreseído incurrió en co-autoría”.
Según la resolución revocatoria emitida por el fiscal Blanco se evidencia “la existencia de lesiones provocadas en la víctima por una tercera persona para efectuar la agresión sexual a la que fue sometida Fabiola Cáceres”.
Asimismo, destaca que “el imputado fue encontrado en la escena del crimen alterando y modificando la misma, lavando y vistiendo a la occisa antes de que lleguen los efectivos policiales” y, además, “durante el proceso, el sobreseído no supo justiciar su accionar en el momento en que fue encontrado en la escena del crimen”.
Rivero explicó a ANF que la revisión del cuaderno de investigación ha permitido sustentar la resolución revocatoria y, asimismo, demostrar que en este caso no hubo sólo complicidad sino coautoría, “como queda demostrado por las muestras seminales que demuestran que la violaron, la golpearon y agredieron, entre ambos, y definieron como iban a tapar el hecho para hacer aparecer como una bronco aspiración”.
Luego de la minuciosa revisión del cuaderno de investigación el fiscal departamental “Resuelve revocar el Requerimiento Conclusivo de Sobreseimiento” y, asimismo, “ordena a la Dirección Funcional de Investigación que en el plazo de diez días desde su legal notificación presente acusación ante el juzgado correspondiente”.
La resolución revocatoria fue emitida el 28 de abril pasado y por tanto la parte acusadora espera su cumplimiento “para proceder al inicio de la fase de juicio como corresponde a los plazos procesales establecidos en la Ley 348”.