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  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
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PESE A QUE LA SERRANÍA ES CONSIDERA PATRIMONIO NACIONAL, SE EMITIÓ UN REGLAMENTO QUE PERMITIRÁ REGULARIZAR LAS CONSTRUCCIONES DE AL MENOS 8 MIL FAMILIAS.

Legalizarán viviendas en 340 hectáreas del cerro de Cota

Legalizarán viviendas en 340 hectáreas del cerro de Cota



Tras la promulgación del Decreto Supremo Reglamentario de la Ley 3194, el pasado 4 de agosto, al menos ocho mil familias de los municipios de Quillacollo, Vinto y Sipe Sipe podrán legalizar sus viviendas edificadas en el cerro de Cota.

Desde 2005, año en el que se promulgó la Ley 3194 de Protección del Cerro de Cota, esa serranía adquirió la categoría de “Patrimonio Nacional, Ecológico, Religioso, Turístico, Arqueológico, Tangible e Intangible”, por lo que al menos 8 mil familias asentadas ilegalmente en él, se vieron imposibilitadas de regularizar su derecho propietario y, por ende, de acceder a los servicios básicos.

ZONIFICACIÓN Así como el reglamento delimita los asentamiento humanos, también especifica que de las 2.774 hectáreas que componen el cerro de Cota, 74 son de ruinas arqueológicas, 430 áreas ecológicas y medioambientales, 1.110 de espacio agrícola y forestal, 20 del Calvario de la Virgen María de Urcupiña, 340 para los asentamientos humanos y 800 de tierras consideradas vírgenes.

La totalidad del cerro compromete a tres municipios del Valle Bajo, Quillacollo, Vinto y Sipe Sipe.

El exdirector del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) Julio Urapotina indicó que todos deben garantizar el cumplimiento de la normativa, por lo que tendrán que realizar una planificación compartida, elaborar planes de uso y manejo concurrente.

Recién, el pasado 4 de agosto, en cumplimiento al artículo 307 de la Constitución Política del estado (CPE), que establece que "el modelo económico boliviano es plural y está orientado a mejorar la calidad de vida y el vivir bien de todas las bolivianas y los bolivianos", fue aprobada la reglamentación que precisa tres aspectos: el reconocimiento de posesión, la delimitación de áreas y la zonificación para un futuro plan de uso, explicó el exdirector nacional del INRA) Julio Urapotina.

Esto significa que los asentados ya cuentan con el respaldo legal para legalizar sus viviendas y acceder a servicios de luz, agua y alcantarillado.

No obstante, estos asentamientos humanos no podrán sobrepasar las 340 de las 2.100 hectáreas que tiene el cerro de Cota, según el reglamento promulgado recientemente.

Para garantizar que las casas no sobrepasen el área indicada, Urapotina señaló que hay un trabajó pendiente: valorar los asentamientos con relación al tiempo. Es decir, “en estos casos es correcto considerar las construcciones desde el año de la promulgación de la Ley 3194 (2005), realizando un empadronamiento que permitirá valorar la documentación de propiedad de cada uno”.

Explicó que a partir de esta tarea se podrá depurar y otorgar derecho propietario dentro del área patrimonial.

PROCESO A partir de la aprobación del decreto reglamentario y las resoluciones ministeriales, las alcaldías de Quillacollo, Vinto y Sipe Sipe deben elaborar los proyectos de ley para el cambio de uso de suelo, que luego serán homologadas por el Ministerio de Autonomías de Bolivia. Luego de cumplir este procedimiento, los asentados podrán tramitar su derecho propietario.