Opinión Bolivia

  • Diario Digital | miércoles, 24 de abril de 2024
  • Actualizado 16:27

LA ÚNICA AUTORIDAD PARA DEFINIR POLÍTICAS ES EL EJECUTIVO. POR TANTO, SE CONSIDERA QUE LA NORMA HUMANITARIA “USURPA” FUNCIONES.

Supremo anula ley para atender crisis de salud

Supremo anula ley para atender crisis de salud



El Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela (TSJ) declaró inconstitucional la llamada "Ley especial para atender la crisis humanitaria en salud" que aprobó el Parlamento de mayoría opositora por considerar que la norma "usurpa" competencias del Ejecutivo en materia de relaciones exteriores.

La decisión, publicada ayer, responde a una solicitud hecha por el jefe de Estado, Nicolás Maduro, que pidió a la Sala Constitucional del TSJ que señalara si esta norma era "constitucional" debido a la "insensatez de los diputados de la oposición" al plantearla y darle visto bueno.

En el fallo se señala que la ley, aprobada por la Asamblea Nacional en su sesión del pasado 3 de mayo, infringe una decena de artículos de la Constitución venezolana.

Se indica en la decisión que la norma es "inconstitucional (...) al usurpar competencias atribuidas al Presidente de la República en materia de dirección de la acción de Gobierno en el ámbito de los estados de excepción, así como en materia de relaciones internacionales". Asimismo, se señala que la Sala Constitucional fundamentó su decisión en el "carácter exclusivo de las competencias que ejerce el Presidente de la República en virtud de la vigencia del Estado de Excepción" que decretó el Mandatario hace exactamente un mes.

Según la Federación Farmacéutica, hay una escasez del 85 por ciento en medicamentos, mientras que en las medicinas de alto costo la escasez se ubica en más de 60 por ciento . “Si Venezuela aceptara la ayuda humanitaria tendríamos el colchón necesario durante cuatro meses para estabilizar el país”, afirmó el presidente de la Federación, Freddy Ceballos.