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  • Diario Digital | miércoles, 24 de abril de 2024
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Hijos de bolivianos nacidos fuera deben registrarse en Consulados

Hijos de bolivianos nacidos fuera deben registrarse en Consulados



Para ejercer sus derechos, los herederos de los connacionales que viven en el exterior necesitan cumplir seis requisitos. Para los menores de 12 años, el trámite es gratuito.

Por falta de mayor información y desconocimiento de las normas nacionales, decenas de bolivianos que migraron a otros países del mundo por diferentes motivos y tuvieron hijos, tienen dificultades para obtener documentos básicos en Bolivia como el certificado de nacimiento o la cédula de identidad.

Sin embargo, para la directora del Servicio de Registro Cívico (Sereci) Cochabamba, Ana Villarroel, lo importante para que los hijos de bolivianos nacidos en el exterior no tengan problemas es que sus padres registren el nacimiento en las oficinas consulares del extranjero, donde Bolivia tiene convenios y acuerdos firmados.

Pedro Espejo, cochabambino de 40 años que vivió dos décadas en Barcelona (España), expresa que en el país ibérico tuvo dos hijos (un varón de 12 y una mujer de 10). Cuando retornó al país y quiso tramitar la cédula de identidad boliviana de sus dos menores, se encontró con falta de información oportuna y adecuada.

“Quiero que mis hijos, pese a que nacieron en España, tengan sus cédulas bolivianas y no sé qué hacer”, expresa.

Tanto en la Ley 046/2014 como en el Reglamento de Registro de la Nacionalidad e Inscripción de Partidas de Nacimiento de Personas Nacidas en el Exterior establecen los requisitos para el registro de inscripciones de nacimiento en el exterior, que constan de seis documentos a presentar de manera obligatoria.

REQUISITOS La directora del SERECI informa que primero, se debe enviar una carta simple dirigida al director del SEGIP, donde se solicite el registro de la partida de nacimiento de hijos nacidos en el exterior de padres bolivianos; segundo, presentar un certificado de nacimiento original y/o certificado de nacido vivo del país extranjero, y que debe estar legalizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Bolivia y; tercero, entregar certificados de nacimiento y cédulas de identidad originales de los padres de familia.

Además de estos documentos, se debe presentar documento de identidad del solicitante si es mayor de edad; documento de identidad del inscrito y este debe estar presente.

Para los menores de 12 años, el trámite es absolutamente gratuito; para los de 12 a 18 cuesta 40 bolivianos y para los de 18 para adelante, 80.

Dos millones viven en el extranjero

Según el Instituto Nacional de Estadística (INE), alrededor de 489.559 bolivianos viven en el exterior y junto a su descendencia llega a dos millones. Los Estados donde existe la mayor cantidad de compatriotas son: Argentina, Brasil, Chile, Estados Unidos, Italia, España, Gran Bretaña, Suiza, Suecia y Chile, entre otros.

Los datos son producto del Censo Nacional de Población y Vivienda (2012), a cargo del INE.

El Censo 2012 incluyó una pregunta donde los bolivianos informaron en los consulados nacionales del extranjero cuántos parientes o familiares tienen en el extranjero y a qué país migraron.

El dato no incluye migraciones de décadas anteriores al Censo. Solo se basa en la predisposición a informar y la memoria de los familiares.

Por lo general, se considera que entre 1 y 1.5 millones de bolivianos residen en el exterior en 70 ciudades de 33 países del mundo.

Cerca de la mitad del total de migrantes en el exterior vive en Argentina, poco más del 20 por ciento en España y cerca del 10 por ciento en Brasil.

A nivel de departamentos, Santa Cruz y Cochabamba agrupan más del 76 por ciento de los inmigrantes con destino a España.

Connacionales que nacieron en el extranjero tienen doble nacionalidad

De acuerdo con la directora del Servicio de Gestión de Identificación Personal Cochabamba (SEGIP), Julieta Pacuanca, los hijos de bolivianos que nacieron en el exterior tienen doble nacionalidad de manera prácticamente automática.

Se concretiza el derecho a la doble nacionalidad siempre y cuando los padres del hijo hayan registrado al menor en el consulado boliviano del país extranjero, o, tramiten un certificado de nacido vivo en el hospital donde nació el bebé.

“Los funcionarios que trabajan en los consulados bolivianos del exterior también cumplen el rol de oficiales de registro civil, incluso de matrimonios”, asevera Pacuanca.

Los hijos de bolivianos nacidos fuera del país adquieren la doble nacionalidad porque en el derecho internacional se establece claramente que existe una relación de tierra (territorialidad) y de sangre (consanguinidad).

“Una vez que los consulados bolivianos en el exterior registran al menor, extienden un certificado y con este documento pueden iniciar su trámite en Bolivia para obtener la cédula de identidad”, asegura la directora del SEGIP.

Si los hijos de bolivianos que nacieron en otro país y son mayores, pero además no fueron registrados en los consulados bolivianos, deben realizar un trámite en el Servicio de Registro Cívico (Sereci). Esta última entidad pública extenderá una resolución administrativa con el que podrán tramitar la cédula de identidad en el SEGIP.

Hoy en día, con la creación de los servicios de identificación, los trámites no tardan más de dos horas, dice.