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  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
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Las caras del aborto, violencia explotación y prostitución

Las caras del aborto, violencia explotación y prostitución





Cinco mujeres están sentadas alrededor de una mesa: tres trabajadoras sexuales, una camarera y una persona encargada de la limpieza del motel y casa de citas.

Con un tono sereno, Lourdes confiesa un embarazo.

La camarera reprocha:

- !Por qué no te cuidas!... ya ni modo, hazte sacar.

Las del grupo dan el visto bueno con la cabeza. En solo cuestión de horas, los dos meses de gestación se esfuman producto de la famosa pastilla Cytotec, que la misma camarera provee.

Lourdes explica que fue embarazada por un cliente que, mediante violencia y valiéndose de algunas mañas, rompió el condón. De inmediato se puso alcohol en gel, pero de nada sirvió.

En casos como éste, la mujer tiene el derecho a interrumpir legalmente el embarazo a partir de una denuncia en la Policía o Fiscalía, firmando un consentimiento y sin necesidad de proceso judicial.

Pese a que existe una norma que la respalda, prefirió recurrir a métodos poco seguros para practicar el aborto. Ignoró que en febrero de este año fue aprobada la Sentencia Constitucional 0206/2014, en la que autoriza la práctica de la interrupción del embarazo en los casos de violencia sexual, sin que sea necesario un proceso judicial para ser practicado.

Consultadas cuatro trabajadoras sexuales, sobre el conocimiento de esta Sentencia, una dice desconocerla y tres prefieren evitar el trámite y recurrir “a algo rápido”.

Cuenta una empleada de la casa de citas, que es también motel, que Lourdes volvió al trabajo, pero tres meses después anunció otro embarazo. No dijo las circunstancias, pero esta vez recurrió a una partera de Vinto, en Quillacollo.

Según un estudio del año pasado por la investigadora estadounidense Natalie Kimball, Bolivia es uno de los países con las tasas más altas de aborto del continente, después de Haití y de Cuba. Abortan cada año entre 40.000 y 80.000 mujeres. Tres de cada 5 bolivianas interrumpen un embarazo al menos una vez en su vida.

Se hace necesario el informar y sensibilizar a operadores de salud y población sobre dicha normativa para lograr su cumplimiento y disminuir las cifras de muertes de mujeres por abortos inseguros, dijo en octubre, en La Paz, Mónica Bayá, representante de la Comunidad de Derechos Humanos en Bolivia. Señaló, en esa ocasión que, “la Sentencia es acceso a la justicia y no va a avanzar si no avanzamos en la prevención”.

Apuntes.



¿En qué casos se debe aplicar la Sentencia?

La Sentencia establece que la mujer podrá acceder a un aborto legal y seguro en los casos en los que el embarazo sea producto de: violación, incesto (cuando la violación es efectuada por un familiar cercano), estupro (cuando la víctima es menor de edad), y cuando como resultado del embarazo, su vida o salud corra peligro.

¿Dónde presentar la denuncia?

La denuncia debe ser presentada a la Fiscalía o la Policía. Con ese documento, cualquier centro médico debe atender el aborto.

Iglesia

La Iglesia católica planteó objeción de conciencia en casos de médicos que se nieguen a practicar el aborto.