Opinión Bolivia

  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 16:15

EL PROYECTO DE LEY PREVÉ QUE HABRÁN EMPRESAS ESTATALES, MIXTAS, EMPRESAS ESTATALES MIXTAS Y EMPRESAS ESTATALES INTERGUBERNAMENTALES

Las empresas públicas podrán acordar inversiones privadas y extranjeras

Las empresas públicas podrán acordar inversiones privadas y extranjeras

Las empresas públicas podrán suscribir contratos para establecer alianzas estratégicas de inversión conjunta con empresas públicas o privadas constituidas en Bolivia o en el extranjero para encarar emprendimiento estratégicos, con mayoría accionaria estatal, según el proyecto de Ley de Empresa Pública.

La ministra de Planificación del Desarrollo, Viviana Caro Hinojosa, informó que el proyecto de Ley de la Empresa Pública está siendo analizado en la Asamblea Legislativa Plurinacional para su aprobación. La Comisión de Economía Plural de Diputados está evaluando sus alcances para elaborar un informe que pueda ser considerado en el plenario.

Explicó que se da lugar a cuatro tipos como las empresas estatales, empresas mixtas, empresas estatales mixtas y empresas estatales intergubernamentales para que con eficiencia, eficacia y transparencia contribuyan al desarrollo económico y social del país, transformando la matriz productiva y fortaleciendo la independencia y soberanía económica.

“La norma señala que éstas podrán tener carácter estratégico o social, y varios tipos de gobernanzas, dependiendo de su estructura societaria”, afirmó.

El Órgano Ejecutivo aseguró que la Ley de la Empresa Pública, en debate, garantizará la seguridad jurídica a aquellas empresas nacionales y extranjeras que inviertan en el país.
EMPRESARIOS La Confederación de Empresarios Privados de Bolivia (CEPB) considera que en la constitución de empresas mixtas y empresas estatales mixtas, cuyo objetivo es el de regular las inversiones, los inversores serán los que definan con qué empresas asociarse, por tanto es fundamental la seguridad jurídica que pueda otorgar la ley y el Estado.

“Si la empresa mixta o la empresa estatal mixta es de capitales estatales y de capitales privados no habría ningún problema, puesto que los inversores serán los que definirán con quiénes se asocian y con quiénes no”, explicó el presidente de la CEPB, Daniel Sánchez.

Considera que en el fondo la medida legal tiene la finalidad de regular las inversiones en Bolivia estructurando mecanismos atractivos para la unión de capitales públicos y privados.

El empresario dijo que las inversiones grandes provendrán de capitales extranjeros,   por   lo   que   es necesario  efectuar   alianzas estratégicas destinadas al desarrollo    económico     del país  y  generación  de  empleos.
ARBITRAJE La medida legal también establece que las controversias de sociedad con empresas nacionales e internacionales se resolverán bajo el amparo de las leyes bolivianas.

Al artículo 11 de este proyecto de resolución de controversias señala que “Las controversias que se susciten entre los socios de la empresa estatal mixta, empresa mixta y empresa estatal intergubernamental a consecuencia de la interpretación, aplicación y ejecución de decisiones, actividades y normas se solucionarán en el ámbito de la legislación boliviana, en las instancias arbitrales o jurisdiccionales del Estado Plurinacional de Bolivia, de conformidad a lo establecido en la Constitución Política del Estado”.

Las partes en controversia, previamente a recurrir a los tribunales arbitrales o jurisdiccionales deberán agotar las instancias de conciliación.
TIPOLOGÍAS DE EMPRESAS La medida legal define cuatro tipologías para las empresas públicas con especificaciones de acciones y alcances.

La Empresa Estatal (EE), cuyo patrimonio pertenece en un 100 por ciento al nivel central del Estado.

La Empresa Estatal Mixta (EEM), cuyo patrimonio está constituido por aportes del nivel central del Estado mayores al 70 por ciento y menores al 100 por ciento , y aportes privados de origen interno o aportes de empresas públicas o privadas extranjeras; en este tipo de empresas podrán participar como otro socio las entidades territoriales autónomas (ETAs).

La Empresa Mixta (EM), cuyo patrimonio está constituido por aportes del nivel central del Estado desde el 51 por ciento y hasta el 70 por ciento , y aportes privados de origen interno y aportes de empresas públicas o privadas extranjeras; en este tipo de empresas podrán participar como otro socio las ETAs.

La Empresa Estatal Intergubernamental (EEI), cuyo patrimonio está constituido por aportes del nivel central del Estado desde el 51 por ciento y menores al 100 por ciento y aportes de las ETAs.

La ministra Caro explicó que la empresa pública tendrá carácter estratégico cuando desarrolle su actividad económica en los sectores de hidrocarburos, minería, energía, telecomunicaciones, transporte y otros.

Alianza con las grannacionales

Una de las novedades para ampliar las alianzas estratégicas que permita una mejor perspectiva y captar inversiones es la modalidad de sociedad con empresas públicas de países miembros de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América -Tratado de Comercio de los Pueblos (ALBA –TCP).

El artículo referido a las entidades grannacionales señala que “las empresas grannacionales son una modalidad de la empresa estatal mixta o empresa mixta, según el porcentaje de aportes del nivel central del Estado y aportes privados; su creación, administración, supervisión, control y fiscalización, así como su reorganización, disolución y liquidación, se sujeta a las regulaciones de la empresa estatal mixta o empresa mixta, según corresponda”.

Las empresas grannacionales están conformadas por aportes de empresas públicas de países miembros de la Alianza Bolivariana para los Pueblos de Nuestra América.

Estas entidades del ALBA implementan su actividad empresarial en el marco de los principios del ALBA -TCP. Buscan un beneficio mutuo y el desarrollo de un comercio soberano con complementariedad, solidaridad y cooperación entre los pueblos de los Estados miembros del ALBA- TCP.  Las empresas grannacionales son una propuesta nacida bajo el seno del Alba, con la idea de integrar a países de la región.

El Estado Plurinacional gestionará la compra total de acciones de 8 empresas

El Gobierno deberá negociar la adquisición total de las acciones de ocho empresas en los sectores de hidrocarburos y electricidad, que tienen capitales privados y están en sociedad comerciales con el Estado para que sean parte de la empresa estatal, señala el proyecto de Ley de Empresa Pública.

El objetivo es que estas empresas sean principalmente parte de la corporación estatal, pero en caso de no lograrse este objetivo se deberá tramitar la empresa mixta.

El VI transitorio señala “los representantes del sector público en las Juntas de Accionistas deben realizar las gestiones conducentes a adquirir el total del paquete accionario, a fin de adoptar la tipología de empresa estatal”.

Las empresas que deben ser negociadas son: YPFB Refinación S.A; YPFB Logística S.A; YPFB Aviación S.A; YPFB Chaco S.A; Empresa Eléctrica Valle Hermoso S.A; Empresa Guaracachi S.A; Transportadora de Electricidad -TDE S.A; Empresa de Distribución Eléctrica Larecaja -EDEL S.A.M.

La medida legal especifica que en caso de no haberse logrado la adquisición de las acciones de las estas empresas señaladas, estas adoptarán la tipología de empresa estatal mixta, debiendo para el efecto proceder conforme  a la ley en el plazo de noventa días calendario, a partir de la disposición que emita la COSEEP.

La disposición transitoria segunda señala que las sociedades comerciales en las que el sector público posea un paquete accionario mayor al 70 por ciento y menor al 100 por ciento , a la fecha de publicación de la presente norma, adoptarán la tipología de empresa estatal mixta, debiendo cumplir una serie de requerimientos.

La Junta de Accionistas y el Directorio de las Sociedades Comerciales correspondientes, en el plazo que para el efecto establezca el COSEEP, deberán realizar las modificaciones que correspondan a los documentos de constitución y estatutos para adecuarse a lo establecido en la presente Ley; las modificaciones en ningún caso podrán disponer la disminución de la participación accionaria del sector público.

La conversión de la empresa concluirá con el registro de los nuevos documentos constitutivos ante el Registro de Comercio, acto que constará en un documento oficial que establezca la adopción de la nueva tipología.


Opositores e industriales critican la norma

Surgieron en los últimos días críticas al proyecto de Ley de Empresa Pública por considerar que abre a una escalada de corrupción y la excesiva intervención del Gobierno, en vez de promover la inversión privada, según algunos parlamentarios de oposición e industriales.

Los industriales cuestionan el proyecto de Ley porque consideran que reafirma la intervención del Gobierno en la economía y no crea las condiciones adecuadas para fomentar la inversión privada.

Mario Antonio Yaffar, presidente de la Cámara Nacional de Industrias, manifestó que el Estado debe crear las condiciones para incentivar la inversión privada, potenciar la infraestructura para la producción industrial y elevar las competencias, conocimientos y destrezas del talento humano en el país.

Sostuvo que la función del sector privado, en particular el industrial manufacturero, es la actividad económico-empresarial y la función del Estado es social antes que empresarial.

En cambio el diputado opositor de Unidad Nacional Jaime Navarro, alertó que la norma excluye a las empresas estatales de la Ley 1178 de Administración y Control Gubernamentales (Safco).

El artículo 7 parágrafo 2 del proyecto señala que las empresas públicas existentes y nuevas quedan excluidas de la aplicación de la Ley 1178 dejando de lado el control de administración estatal.

Según el opositor, esta medida está desatando el “carnaval de corrupción”,  porque con dicha exclusión las empresas públicas se regirán de acuerdo a sus mecanismos internos de control y fiscalización.

El asambleísta opositor explicó que se va llevar adelante todas las acciones necesarias para evitar la sanción de la norma que libra de mecanismo de control a las contrataciones y adquisiciones de las empresas públicas.

El industrial Yaffar también observó que el Estado será el que decida el futuro de la sociedad porque la propiedad de las empresas públicas tendrá una participación del nivel central del Estado de por lo menos un 51 por ciento y la participación propietaria del sector privado alcanzará máximo un 49 por ciento .

Además, Navarro cuestionó que la máxima autoridad ejecutiva será designada por el Presidente del Estado.

Asimismo la visión, líneas estratégicas, planes y políticas de las empresas públicas serán determinados por el Consejo Superior de la Empresa Pública, integrado cien por cien por autoridades estatales.