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  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
  • Actualizado 14:50

Tribunal advierte que los medios no pueden dar resultados hasta las 20:00

Tribunal advierte que los medios no pueden dar resultados hasta las 20:00

El presidente del Tribunal Supremo Electoral, Wilfredo Ovando, aseguró que los medios de comunicación no pueden dar a conocer los resultados del escrutinio de cada una de las mesas electorales hasta las 20:00, pese a que el Reglamento establece esa prohibición únicamente es para “resultados de boca de urna y conteos rápidos”.
Sin poder precisar qué normativa prohíbe dar los resultados sueltos de cada una de las mesas que realizan el escrutinio, Ovando explicó que los reglamentos que rigen para los comicios realizan la prohibición respectiva: “Llámeme dentro de media hora y voy a tener los artículos de la norma”.
El artículo 33 del Reglamento del Régimen Especial de Propaganda para el Proceso de Elección de Autoridades del Órgano Judicial y del Tribunal Constitucional Plurinacional, dice claramente “(Período de Difusión de estudios de boca de urna y conteos rápidos). La difusión o publicación de resultados de boca de urna y conteos rápidos, está permitida a partir de horas 20:00 del día de la votación, como resultados no oficiales”.
La boca de urna y el conteo rápido son dos técnicas estadísticas que permiten conseguir resultados acumulativos del recuento de votos en curso. La norma mencionada busca evitar que la difusión de las cifras acumulativas influyan en la gente que aún está sufragando.
Los resultados del escrutinio de cada una de las mesas son fruto de un acto público de recuento de votos, que son entregados de forma suelta y no permiten sacar conclusiones generales de la votación en un determinado asiento electoral.