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  • Diario Digital | jueves, 28 de marzo de 2024
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Senado aún no define los ascensos en FFAA y la Policía

Senado aún no define los ascensos en FFAA y la Policía

El presidente de la Comisión de Seguridad del Estado, Fuerzas Armadas y Policía de la Cámara de Senadores, Freddy Bersatti, afirmó que la Cámara de Senadores no define los ascensos en ambas instituciones verticales del Estado, pues tiene como tuición constitucional el ratificar, u, observar las listas enviadas por el Órgano Ejecutivo.
"Acá no se discriminan quienes ascienden, o, no, no hay ninguna posibilidad de poner, o, sacar propuestas hechas por las diferentes fuerzas", dijo el Senador, quien hizo énfasis en el artículo 160, numeral 8, de la Constitución Política del Estado, que a la letra señala:

"Ratificar los ascensos, a propuesta del Órgano Ejecutivo a General de Ejército, Fuerza Aérea, de División y de Brigada; a Almirante, Vicealmirante, Contralmirante y General de Policía Boliviana".

Según la unidad de prensa del Senado, el senador del MAS destacó además que la Comisión elevará un informe al Pleno de la Cámara de Senadores sobre la procedencia de la ratificación de los ascensos o, por el contrario, sugerirá la devolución de los antecedentes al Órgano Ejecutivo para que, en caso de existir vacíos, omisiones o irregularidades, estos sean subsanadas.

El comandante General del Ejército, Antonio Cueto Calderón, habría alterado la redacción del artículo 245 de la Constitución Política del Estado (CPE) para darle legalidad a la Directiva de Postulación al Grado de General de Brigada y General de División de las promociones 1980 y 1978, disposición que le habría permitido "manipular" los ascensos de 14 coroneles de la promoción 1980.
En la Directiva de Postulación del Ejército del Grado de General de Brigada al de General de División, firmada por el comandante General del Ejército, general Antonio Cueto Calderón, se advierte una alteración del artículo 245 de la Constitución Política del Estado para ajustarla a un nuevo esquema de calificación ilegal.
La Directiva de Postulación del Ejército del Grado de General de Brigada al de General de División 70/10 en la parte de antecedentes señala: La Constitución Política del Estado, Ley fundamental del Estado en el título VII, Capítulo Primero artículo 245 establece: que "La organización de las FF.AA. descansa en su jerarquía y disciplina; además que está sujeta a sus Leyes y reglamentos militares, de ahí emerge la validez jurídica de las Órdenes Generales, Circulares y Directivas para la Institución Armada".

El texto original del artículo 245 de la Constitución establece: "La organización de las Fuerzas Armadas descansa en su jerarquía y disciplina. Es esencialmente obediente, no delibera y está sujeta a las leyes y a los reglamentos militares. Como organismo institucional no realiza acción política; individualmente, sus miembros gozan y ejercen los derechos de ciudadanía en las condiciones establecidas por Ley".
A causa de ese proceso, cinco coroneles de la promoción 1980 que cumplían con todos los requisitos fueron excluidos de los ascensos a general, por disposición de la Directiva de Postulación del Ejército al Grado de General firmada por el comandante del Ejército, Antonio Cueto.

Ante este panorama, el senador Bersatti evitó emitir mayores comentarios sobre la posible alteración de documentos para favorecer los ascensos en el Ejército y sólo atinó a indicar que una vez conozcan la documentación solicitada podrá emitir algún comentario.